Reglamento de subvenciones de células madre del CIRM

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Reglamento CIRM

Autoridad para adoptar reglamentos

El Código de Salud y Seguridad, Sección 125290.40, subdivisión (l), permite al ICOC adoptar, modificar y derogar normas y reglamentos para llevar a cabo los propósitos y disposiciones de la Proposición 14 y regir sus procedimientos. Los reglamentos debidamente adoptados tienen la misma fuerza y ​​efecto que la ley.

Tipos de Regulaciones

La Ley establece dos métodos para que la ICOC adopte reglamentos: reglamentos “provisionales” o reglamentos permanentes adoptados de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo de California (“APA”).

Reglamento provisional de la Proposición 14

El ICOC podrá adoptar reglamentos provisionales exentos del cumplimiento de los procedimientos establecidos en el APA. Dichos reglamentos provisionales son adoptados por el ICOC y tienen una vigencia de 270 días, a menos que sean reemplazados previamente por reglamentos adoptados conforme al APA. (125290.40, subd. (m)). No todos los reglamentos adoptados por el ICOC estarán precedidos por una versión provisional (véase más adelante).

Normas formales de la APA

La ICOC también podrá adoptar reglamentos conforme a los procedimientos descritos en el APA, al igual que otras agencias estatales. Salvo que se disponga lo contrario en los propios reglamentos, estos permanecerán en vigor indefinidamente o hasta que sean derogados o modificados por la ICOC según los procedimientos establecidos por la Oficina de Derecho Administrativo, la agencia que implementa el APA. (Estos procedimientos se describen en el sitio web de la OAL: www.oal.ca.gov.)

El ICOC aprobará un borrador de política o reglamento para su presentación a la OAL e iniciar el proceso de adopción. El personal preparará la política o el borrador de reglamento en el formato adecuado y lo presentará formalmente a la OAL, denominado "Aviso de la OAL". Los enlaces a ambos documentos (una vez completados) se encuentran en la tabla a continuación.

Salvo en el caso de regulaciones provisionales y de emergencia, la APA establece un proceso formal de elaboración de normas que incluye un período mínimo de 45 días para comentarios públicos. Durante este período, se pueden enviar comentarios al CIRM en respuesta a la regulación propuesta. Si el CIRM modifica la regulación propuesta, se establecerán períodos adicionales de 15 días para comentarios públicos. 

Cómo enviar comentarios públicos

Puede presentar declaraciones, argumentos o comentarios por escrito sobre el reglamento propuesto al CIRM durante el período de comentarios especificado para cada reglamento. Los comentarios pueden enviarse por correo a:

 Reglamentación propuesta por CIRM 
[indicar la regulación propuesta específica, por ejemplo, Código de Conflicto de Intereses]
601 bulevar de la puerta de enlace. Suite 400
Sur de San Francisco, CA 94080

Consideración de los comentarios públicos

El CIRM considerará todo el material relevante que reciba durante el período de comentarios notificado antes de adoptar, enmendar o derogar cualquier reglamento, incluidos los comentarios recibidos por fax y correo electrónico. (Código de Gobierno, §§11346.8, subd. (a); 11340.8, subd. (a).) Las respuestas a los comentarios recibidos durante el período de comentarios públicos se incluirán en la exposición de motivos final presentada a la Oficina de Derecho Administrativo, junto con cualquier modificación realizada al reglamento propuesto en respuesta a los comentarios públicos recibidos.

¿Preguntas generales?